Educar en Derechos Humanos: ¿Si no los educadores quién, y si no es ahora cuándo?
Abraham Magendzo Futuros Año 2005, Vol. 3
A manera de presentación
Implícitamente en el titulo de este trabajo estamos preguntando y a su vez respondiendo una pregunta que nos hemos hecho una y otra vez, y que hoy a diez años de transitar por el difícil camino de la democracia, debemos hacernos con mayor fuerza y decisión. La pregunta es ¿educar en derechos humanos: cómo, quiénes y cuándo? Cómo educar en derechos humanos ha recibido una variedad de respuestas que comentaremos más adelante. Respecto a quiénes educan en derechos humanos y cuándo, nuestra respuesta es enfática en señalar que son los profesores y las profesoras los que deben asumir gran parte de esta responsabilidad y que esta tarea no es posible postergarla mas, debe hacerse ahora en una acción masiva, multitudinaria y pública. Nuestra postura es que no podemos continuar con un discurso evasivo y una práctica educativa lenta y carente de decisión política como lo hemos hecho hasta ahora.
La Educación en Derechos Humanos: Los inicios del camino
Hace 15 años, en plena dictadura pensamos que recuperar la democracia significaba capacitarnos para conocer, defender y exigir el respeto a los derechos humanos. Sabíamos que en la violación de los derechos no se puede construir una sociedad moderna y democrática.
Sostuvimos que los derechos humanos debieran ser el fundamento ético de un nuevo paradigma educacional de una educación liberadora; transformadora, de una educación para la ciudadanía.
Hablar entonces, de este tema no sólo era muy peligroso, sino que además los espacios de interlocución eran muy escasos. Había temores reales. Sin embargo, debemos reconocer que algunas instituciones, algunos profesores y profesoras y activistas en derechos humanos, desafiando el contexto represor y apoyados por la solidaridad internacional se organizaron en talleres de educación en derechos humanos, en especial en el ámbito de la educación popular. Fueron las ONG`s y los movimientos populares los que jugaron un rol central. Debemos reconocer, sin embargo que preferentemente hablaban los que habían sido golpeados física, moral y psicológicamente.
Debemos reconocer que pese a las muchas dificultades y obstáculos que se han presentado y los contextos muchas veces adversos la educación en derechos humanos ha ido ganando terreno. Desde ya debemos reconocer los derechos humanos han sido incluidos legalmente al curriculum de casi todos los países. Además, con carácter transversal, los derechos humanos se han incorporados a la educación formal junto con otros temas como el medio ambiente, multiculturalidad, orientación sexual, salud, educación para el consumo etc. en la perspectiva de la formación ciudadana, la formación para la vida y la formación para la vida democrática. De esta manera se ha vinculado a la educación en derechos humanos con una serie de valores como el respeto a la vida, la libertad; la justicia; la solidaridad; la honestidad; la convivencia pacífica; la responsabilidad ciudadana, etc. Existe además un avance importante en la cantidad y calidad de los materiales educativos que se han producidos con el fin de trabajar con los y las estudiantes en este tema.
En la Educación no formal, existen diversas instituciones que atienden un abanico de temas y que incluyen una concepción amplia de los derechos humanos Además de las ONGs especializadas, se identifican otras instituciones como las Iglesias, las Vicarias, los gremios, asociaciones vecinales clubes, etc. que realizan tareas educativas en materia de educación en derechos humanos. Algunas Instituciones y ONGs abarcan y se preocupan por una variedad de grupos de personas que históricamente han sufrido violaciones reiteradas y permanentes a sus derechos, como son los niños y las niñas, las mujeres, los jóvenes los indígenas, los homosexuales y lesbianas los minusválidos, las personas de tercera edad etc. , otras se han especializado para atender solo a algunos grupos. Hay algunas instituciones que se especializan en la defensa y promoción de los derechos de la mujer, del SIDA, del tema del medio ambiente; de la defensa de los derechos del al consumidor etc. Es importante hacer ver que la educación no formal ha estado históricamente ligada a la defensa de los derechos humanos, de suerte que se ha entendido que educación sin defensa no tiene sentido, así como la defensa es un proceso educativo.
Durante la década se realizaron también una serie de actividades en el campo de la difusión e investigación de la educación en derechos humanos como por ejemplo la realización de reuniones y congresos nacionales y regionales; de cursos y seminarios. Se crearon boletines y revistas especializadas y se organizaron, tal como ya se indicó, Redes nacionales y regionales. Cabe destacar además, que durante este periodo se realizó la Cumbre Mundial de Derechos Humanos en Viena (1993); se formuló la Declaración del Plan de Acción Integrado sobre la Educación para la Paz, los Derechos Humanos y la Democracia de la UNESCO (1994) y se promulgó por parte del Alto Comisionado de las Naciones Unidas el Decenio para la Educación en Derechos Humanos (1995-2005).
Cabe señalar que junto a los logros se han tenido que sortear múltiples tensiones y problemas
Un primer problema que la educación en derechos humanos ha enfrentado es la marcada tendencia a aceptar el discurso oficial y las políticas públicas en educación de manera acrítica. Existe un silencio, un conformismo, una complacencia, una condescendencia consciente o inconsciente.
La educación en derechos humanos entra necesariamente en conflicto, en tensión con este discurso oficial porque es en esencia crítica, cuestionadora, problematizadora.
En esta misma línea se presenta una segunda tensión que deriva de las políticas económicas y sociales en las que se desarrolla la educación en derechos humanos. Se constata que la segmentación espacial y social que han creado las políticas económicas, la postura o concepción hegemónica neoliberal imperante y el desarrollo de un modelo educacional instrumental ponen la educación preferentemente al servicio de la competitividad internacional y no al de la formación ciudadana, constituyendo un escollo serio para la educación en derechos humanos. No es fácil pedirle a ésta levantar una propuesta contra hegemónica. Existe, por así decir un “adelgazamiento temático” de las escuelas para hacerlas eficientes versus la emergencia de temáticas globales y éticas que presionan y cuestionan la cultura escolar.
Hay además una tensión de otra naturaleza y que es recurrente y que tiene relación con los niveles de difusión y masificación de la educación en derechos humanos. Existe la sensación que la convocatoria es restringida a actores conocidos, los por así decir los “conocidos de siempre”. Debemos reconocer que hemos llegado a pocos. El dilema es también entre la profundización o la masificación.
Existen adicionalmente tensiones que se originan en las dificultades prácticas que hay en las escuelas para trabajar la temática de los derechos humanos. Además de ciertas carencias teóricas y prácticas de los docentes en el tema de los derechos humanos, de estar sobrecargados de tareas e innovaciones trabajando en escuelas que están más bien preocupadas de los rendimientos académicos que de la formación del sujeto de derechos, se suma la carencia de organizaciones dedicada a trabajar con los maestros el tema de los derechos humanos
Finalmente es interesante hacer notar que la educación en derechos humanos se ha desarrollado a la par de otros lenguajes vinculantes pero no iguales. A medida que la educación en derechos humanos ha ido buscando caminos, ha emergido la educación para la ciudadanía, la educación ambiental: la educación moral y cívica, la educación para la paz, la educación para la igualdad de oportunidades, la educación para la tolerancia y la no-discriminación la educación multicultural, la educación para la diversidad etc. Para algunos esta polisemia de lenguajes, esta carencia de definición clara y límites bien definidos del campo constituye un problema de identidad que corre el peligro de diluirse. A mi parecer no debiera existir una competencia entre estas formas diversas de aproximarse a temas tan importantes como los mencionados. Por el contrario debieran reforzarse y complementarse. Sin embargo, debemos reiterar que la educación en derechos humanos, es por excelencia una que apunta a la transformación social, a la liberación de hombres y mujeres, al empoderamiento. Aquí radica la diferencia con otros lenguajes.
El sentido de la educación en derechos humanos
Antes de que nada parece importante precisar que si los docentes se suman a la educación en derechos humanos es porque están aceptando incorporarse a un movimiento de construcción de un paradigma de educación crítica. Este paradigma está por construirse. En la educación popular se ha incursionado desde Freire en este paradigma, como él decía se trata de transitar del paradigma bancario hacia uno libertario, emancipador. En la educación formal este camino está por hacerse. Estamos diciendo, entonces, que la educación en derechos humanos es una invitación a repensar la escuela y la profesión docente desde una mirada crítica.
Desde esta perspectiva la educación en derechos humanos es educación ético- política. Se propone ligar a la educación con los grandes problemas que enfrenta la sociedad como son nuestras democracias frágiles e inestables, la pobreza, la injusticia social, el fenómeno de la violencia, la cultura de la impunidad y la corrupción, la discriminación y la intolerancia, etc. En efecto, estos son obstáculos muy serios en la formación de los sujetos de derecho.
En la perspectiva de que la educación en derechos humanos debe ser parte integral de la democratización de nuestras sociedades, entendemos que el respeto y vigencia de los derechos humanos forma parte no sólo el área de la democracia política, sino que también del área de la democracia cultural y educacional.
Sostenemos que si se desea “ingresar” y “transitar” hacia una sociedad democrática hay que reconocer que la dignidad humana es central y que hay necesidad de potenciar el tejido intercultural de nuestra sociedad. Estos rasgos son las condiciones necesarias para la apertura al mundo globalizado. Sobre dicha base, es posible la construcción de una moderna ciudadanía, en la cual “el sujeto, es ser productor y no solamente consumidor de su experiencia y de su entorno social” y en donde la modernidad, además de progreso económico, tecnológico y social, será sobre todo “exigencia de libertad y defensa contra todo lo que transforma al ser humano en instrumento o en objeto”
Adicionalmente, la educación en derechos humanos adquiere su sentido más profundo cuando contribuye con decisión a erradicar la marginación y la exclusión de la vida ciudadana en la que se encuentra la mayoría de la población. Marginación que no se circunscribe sólo a un problema económico que se resuelve con la satisfacción de las necesidades básicas, sino que exige la transferencia de poder ciudadano a las personas para que sean capaces de significar su situación de exclusión y puedan participar en la adopción de decisiones en la vida política, civil, social y cultural. En esta perspectiva, se está ubicando, por un lado, al ser humano como el objeto del desarrollo y por el otro se está haciendo una exigencia de participación ciudadana.
Sujeto de derecho
Creemos no equivocarnos al afirmar que el cometido último de la educación en derechos humanos es la formación de un sujeto de derecho La pregunta que surge es qué es ser sujeto de derecho, ésta nos remite de inmediato- desde la perspectiva educacional- a identificar los conocimientos, habilidades, actitudes y valores que hacen de la persona un sujeto de derecho y a definir el tipo de pedagogía que hacen posible la formación del sujeto de derecho. Desde ya debemos sostener que la adquisición de estas competencias expande las capacidades y posibilidades de acción y en consecuencia incrementa el poder de actuar.
Se podría sostener que un sujeto de derecho es una persona que tiene un conocimiento básico de los cuerpos normativos referidos a los derechos fundamentales de las personas y los aplica para promover y defender sus derechos y el de los demás. Conoce, por ejemplo, la Declaración Universal así como algunas de las, resoluciones, acuerdos, convenciones, declaraciones, tanto nacionales e internacionales de derechos humanos. El conocimiento de estas disposiciones legales se convierte en un instrumento de exigencia y vigilancia para hacer vigente los derechos humanos. La estrategia de vigilancia desde la norma requiere de políticas sociales muy claras y de una cultura ciudadana. Además, un sujeto de derecho tiene un conocimiento básico de las instituciones, en especial las de su comunidad, que están llamadas a proteger sus derechos y a las cuales puede acudir en caso que sus derechos han sido atropellados.
Conocer los cuerpos normativos y las instituciones ligadas a la protección de los derechos, no es un conocimiento académico sino uno que confiere mayor posibilidades de acción y por lo tanto mayor poder para intervenir en la promoción y defensa de los derechos propios y de los demás.
Adoptando la postura que existe, por un lado, una relación estrecha entre el sujeto de derecho y el poder y por el otro entre el poder y el lenguaje, creemos firmemente que un sujeto de derecho debe necesariamente desarrollar una serie de competencias lingüísticas. Estamos pensando que el dominio de los actos lingüísticos, por ejemplo declaraciones, promesas y peticiones, son fuentes de poder y que a través del dominio de las conversaciones podemos actuar directamente y modificar el estado actual de las cosas y por sobre todo ampliarlas posibilidades para actuar.
En este sentido, por ejemplo, un sujeto de derecho tiene la capacidad de decir “NO” con autonomía, libertad y responsabilidad frente a situaciones que comprometen su dignidad. Tiene el poder de no aceptar demandas arbitrarias, indebidas y extralimitadas que menoscaban sus derechos. Tiene el derecho a escoger y en esa medida a decir “esto no es aceptable para mí “, a manifestar con argumentos” esto me denigra y por lo tanto lo rechazo” y de esta manera reafirmar su dignidad como persona.
De igual forma un sujeto de derecho tiene la capacidad de hacer y cumplir promesas y de requerir que otros cumplan con las promesas que han contraído. En las promesas está en juego el valor y respeto de nuestra palabra, la sinceridad y la confianza. Un sujeto de derecho no sólo se ha ganado el respeto y la confianza de otros sino que tiene también el poder de que otros asuman y cumplan con sus promesas. Puede decir “ Ud. me prometió y no me cumplió”
Adicionalmente un sujeto de derecho tiene la capacidad de defender y exigir el cumplimiento de sus derechos y el de los demás con argumentos fundamentados e informados, con un discurso asertivo, articulado y racionalmente convincente. Hace uso del poder de la palabra y no de la fuerza, porque su interés es la persuasión y no el sometimiento. A un sujeto de derecho las personas le confieren poder y autoridad para formular afirmaciones y juicios y por lo tanto amplían sus posibilidades de actuar frente a las cosas.
Cuando decimos que un sujeto de derecho tiene la capacidad de fundar sus juicios asumiendo una postura crítica y flexible, es porque ha aprendido a ver que los éxitos de los demás y los fracasos propios no son necesariamente productos de una injusticia sino que radican en la capacidad de actuar en el mundo, en la capacidad de conferirle sentido y valor a su existencia y en no vivir de juicios ajenos, es decir no delega en los demás la autoridad para emitir los juicios que les importa. De esta forma un sujeto de derecho es alguien que no orienta sus actuaciones con el fin de complacer a otros y de que sean ellos en los que tenga el poder de discernir si su vida tiene o no sentido. Es capaz de tejer su futuro, de autoafirmarse y de autoestimarse de “pararse sobre sus propios pies”, de situarse como ciudadanos en su sociedad, comprometido con el bien común, con lo “público.
Finalmente un sujeto de derecho se constituye como tal cuando es capaz de hacer uso de su libertad reconociendo los límites de ésta, de reivindicar el ideal de la igualdad, reconociendo la diversidad y de valorar la solidaridad desarrollando una actitud de respeto mutuo, es decir de aceptación del otro como un legítimo otro, como un ser diferente de mí, legítimo en su forma de ser y autónomo en su capacidad de actuar y exigir que otros tengan una actitud semejante con él.
¿Cómo se forma el sujeto de derecho?
Al preguntarnos por cómo se forma el sujeto de derecho estamos, preguntando por cual es la pedagogía que más se adecua a este propósito y cuál es el rol que debe jugar la escuela y los profesores y las profesoras
En el medio educacional se está hablando recientemente de la “educación para el empoderamiento” que ha quedado definida como una “pedagogía crítica- democrática” para el cambio personal y social. Es un programa centrado en el y la estudiante para una democracia multicultural en la escuela y en la sociedad. Se hace referencia al crecimiento del individuo como un ser activo, cooperativo y social. El propósito de esta pedagogía es relacionar el crecimiento personal con el de la sociedad y la vida pública desarrollando habilidades, conocimientos, hábitos de cuestionamiento crítico sobre la sociedad, el poder, las iniquidades y el cambio. Desde una postura que se aproxima a los postulados acuñados por Paulo Freire ya en la década de los setenta, y al referirse al “educador empoderador” hacen una diferenciación entre una pedagogía y un educador que se enmarca en un “paradigma Cero” que se utiliza en la educación tradicional y un “paradigma crítico” que se emplea en los programas de empoderamiento
El “paradigma Cero” hace referencia al modelo de déficit que es el dominante en la educación, que apunta a lo que Freire denominó la educación bancaria, en el que el rol del profesor o la profesora es la transferencia de conocimiento a aquellos que no lo saben (conocimiento Cero) asumiendo una ideología de opresión. Por el contrario en el paradigma crítico tanto el educador como el estudiante comienzan el aprendizaje desde menos de Cero y más de Cero simultáneamente. Menos que Cero significa que algunos valores y hábitos de ambos actores obstaculizan el aprendizaje crítico, más que Cero significa que algunas de sus acciones y pensamientos facilitan el empoderamiento.
Situados en el paradigma crítico, desde la educación en derechos humanos y con el firme propósito de construir sujetos de derechos queremos hacer algunas propuestas a los profesores y profesoras que se suman a esta tarea.
Creemos firmemente que es importante que los derechos humanos se presenten a los estudiantes en sus tensiones y conflictos.
Que perciban las contradicciones valorativas, de intereses y de juegos de poder que están comprometidos. Que analicen con detenimiento, entre otras tensiones. las que se presentan respecto a la libertad y la igualdad en una sociedad que se dice democrática y defensora de los derechos; entre los intereses públicos y los privados, entre el bien común y el bien individual entre la tolerancia y las discriminaciones.
Nos parece que por sobre todo es importante que la profesora o profesor haga visible el contexto político, económico, social y cultural con sentido de realidad y criticidad, que muestre que pese a que a que se han reconquistado espacios importantes de libertad, de expresión y de organización social, hay perdida de confianza en la democracia tradicional de los partidos políticos, que se vive en un sistema formalmente democrático pero profundamente antidemocrático en sus estructuras. Que problematice en torno a la transición democrática y los gobiernos democráticos que aparecen como frágiles y a veces atemorizados. Que dialogue en torno al modelo económico social de corte neoliberal, impulsor de mercado; “privatizador”; descentralizador; globalizador económica y culturalmente. Modelo, debilitador de la acción reguladora del Estado; favorecedor de la concentración de riqueza; y mercantilizador de la vida social. Inserto en la “cultura del todo vale”. Modelo que ha contribuido al desempleo, a la delincuencia y las inseguridades ciudadanas y al descenso de la capacidad adquisitiva de la población. Modelo en que las personas han pasado a ser clientes consumidores de baja intensidad, espectadores más que ciudadanos participantes.
De igual forma que problematice junto con sus estudiantes los altos grados de violencia, pobreza, impunidad, corrupción, clientelismo, y falta de ética en la acción pública y privada al igual que la invasión de la corrupción en ámbitos hasta ahora intocados; cómo los poderes fácticos operan; cómo hay perdida de credibilidad de los partidos políticos y de la justicia; cómo la impunidad ha mermado la fe de la gente en la denuncia; existiendo un cuadro de complicidad que se sostiene en un silencio aceptado. Cómo existe una marcada tendencia a crear situaciones de “punto final” y de negación de la historia reciente etc.
En esta línea el profesor o la profesora debe conjuntamente con los estudiantes detectar los problemas que ellos y ellas perciben y viven en su actuar cotidiano, cómo, por ejemplo se exige el cumplimiento de ciertas obligaciones (restricciones a la libertad) con el fin de mantener un orden establecido (bien común); se inculpa a un ladrón (justicia) que robó para darle de comer a sus hijos hambrientos (derecho a la vida); se mantiene la vida de un enfermo terminal (derecho a la vida) pese a sus sufrimientos (misericordia); se castiga con la pena capital (bien común) violando un derecho más capital: el derecho a la vida; se da pleno derecho a los empresarios para que decidan el destino de sus empresas (derecho a la propiedad) pese a que esto significa dejar muchos cesantes (derecho al trabajo), se permite que los trabajadores se sindicalicen pero se los aleja de sus trabajos cuando reclaman sus derechos; sé reafirma el derecho a la libre expresión e información y se establecen límites por asuntos de seguridad.
La problematización constituye un imperativo a enfrentar en la educación para los derechos humanos dado que los derechos humanos se han construido en la historia dramática y conflictiva que los pueblos han tenido para abrirse paso en el devenir social. Esta historia está saturada, como es sabido, de luchas intensas e incesantes y de conflictos que los hombres a través del tiempo han dado y confrontado para hacer vigentes sus derechos.
A nuestro parecer, el tema del conocimiento del cuerpo normativo de leyes, resoluciones, acuerdos, convenciones, declaraciones, tanto nacionales e internacionales, así como el conocimiento de las instituciones es una tarea educativa de primera envergadura en una educación para el empoderamiento. Esto con el fin de hacer visible públicamente las exigencias de los derechos. De hecho, mientras la norma es desconocida se puede ejercer un poder desmedido y arbitrario.
Por sobre todo es importante que los profesores y profesoras hagan notar como las profundas discriminaciones que han vivido y todavía vive la humanidad han originado y por qué no decirlo han exigido, la elaboración de una serie de instrumentos internacionales tendientes a prohibir y erradicar la discriminación sistemática que existe en ciertas áreas de la convivencia humana y respecto de ciertos grupos de personas que han sido intensamente amenazados o violados en sus derechos a lo largo de la historia.
En efecto, los estudiantes debieran conocer que por razones históricas de la más diferente naturaleza ciertos grupos de personas han sido intensamente amenazados o violados en sus derechos y objeto de discriminaciones muy severas de manera institucionalizada y sistemática. Este es el caso de las mujeres, de las personas de color, los judíos, ciertos grupos religiosos minoritarios, los homosexuales y lesbianas, los discapacitados, los pobres, los jóvenes y las personas pertenecientes a la tercera edad.
Hay que detenerse en aclarar como la Declaración Universal de los Derechos Humanos al sostener como premisa fundante que todos los humanos, hombres y mujeres, no importando el contexto en que viven en el mundo, nacen libres e iguales en dignidad y derechos, está sentando las bases para rechazar y erradicar todo tipo de discriminación y para salir a la defensa de cualquiera manifestación discriminatoria.
De igual forma es detenerse en los derechos civiles y políticos que sostienen por un lado que todas las personas son iguales ante la ley y que no se las puede discriminar arbitrariamente. y refieren, entre otros a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión, el derecho de reunión pacífica y el de asociarse libremente. Por el otro como los derechos políticos aseguran la participación en la dirección de los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes libremente elegidos, el derecho a votar y ser electos en elecciones periódicas realizadas por sufragio universal, informado y secreto. (Pacto internacional de derechos civiles y políticos).
Mostrar como los derechos económicos, sociales y culturales, incluyendo los medio ambientales, le reconocen a todas las personas la oportunidad de realizarse socialmente mediante un trabajo libremente escogido o aceptado, en condiciones equitativas o satisfactorias y con un salario justo. Se garantiza además a los trabajadores el derecho a huelga, a formar sindicatos y a la seguridad social. De manera muy preferente se procura proteger a los niños y adolescentes de la explotación económica, y se le concede a las madres embarazadas una protección especial.
Ahora bien, es preciso que desde la metodología problematizadora que los profesores y profesoras hagan ver que en nuestro país hay más reconocimientos normativos de los derechos humanos que acciones. Hay ordenamientos jurídicos que favorecen los derechos humanos, junto a la perdida en las prácticas sociales. Hay todavía violaciones que se desarrollan en la plena impunidad, pese que los cuerpos normativos, en muchos casos están plenamente desarrollados. La ley está antes de la vigencia de los derechos.
Desde un punto de vista curricular pensamos que los derechos humanos es un contenido transversal que debe ser operacionalizado tanto en la educación formal como no formal, en el currículum manifiesto de las diferentes disciplinas de estudio como en el currículum implícito de la escuela, es decir aquel que se liga a la cultura escolar y que tiene referentes con el currículum oculto; en la vida cotidiana, en el aquí y en el ahora.
Las formas de incorporar los derechos humanos como contenido transversal del currículum es diversa. En un caso, las distintas disciplinas se hacen responsable de alguno de los contenidos, en especial de aquellos que le son más pertinentes. Otra modalidad es la destinar tiempos curriculares especiales: jornadas o semanas para dedicarlas a abordar con intensidad a algún contenido de derechos humanos, haciendo participar a las disciplinas de estudio que tienen mayor afinidad con el tema. El desarrollo de Proyectos Multidisciplinarios es otra de las formas de tratar en el currículum el tema de los derechos humanos.
Sin embargo pese al carácter transversal de los derechos humanos, a nuestro parecer, hay momentos muy significativos para la educación en derechos humanos. Hay. ocasiones que vivimos a nivel personal o colectivo momentos cargados de valores, momentos que por lo general son únicos e irrepetibles y que transmiten mensajes axiológicos importantes y profundos. La educación en derechos humanos está llamada a rescatar, recuperar, clarificar estos momentos, no debe dejar que esos momentos se escapen, que pasen inadvertidos, que se silencien o se oculten. El peor servicio que se le puede hacer a la educación en derechos humanos es suspender la reflexión en torno a estos momentos, callar estos momentos detrás del silencio por temor de enfrentar las tensiones que en ocasiones generan estos momentos.
En el plano educativo, y en especial en la educación en derechos humanos, no es posible dejar que las cosas sucedan sin que dejen rastros, impidiendo que se re-signifiquen y se aclaren. Son momentos de quiebre del fluir cotidiano de la vida.
Así por ejemplo, el desafuero de Pinochet es uno de esos momentos, la mesa de diálogo es uno de esos momentos, las elecciones presidenciales es otro, al igual que son las situaciones de guerra que actualmente vive la humanidad, la violación que vive la mujer, etc.
Finalmente, dado que el “empoderamiento”, tal como lo señalamos con anterioridad está vinculado directamente con el desarrollo de las competencias lingüísticas, es fundamental que los docentes analicen su práctica docente desde esta perspectiva. Una práctica docente conducente al empoderamiento es aquella en que los intercambios lingüísticos entre el o la profesora y los estudiantes y de estos entre sí, demanda y exige que de manera transversal, recurrente y reiterativa desde todas las asignaturas del curriculum, no sólo del Lenguaje y la Lengua Castellana – se sostengan con fundamentos y antecedentes las explicaciones, opiniones, comentarios, puntos de vista, referencias explícitas. Se trata de que los estudiantes aprendan a emplear la argumentación como herramienta para convencer razonadamente o de persuadir afectivamente a los demás acerca de la validez de sus posiciones. En este sentido es importante que fortalezcan no sólo las habilidades comunicativas, sino que también el desarrollo de un pensamiento autónomo, estructurado reflexivamente y con disposición a la crítica y el diálogo; la disposición a aceptar y respetar los puntos de vista divergentes apreciando el aporte de estas actitudes para la formación personal y la convivencia democrática.
Nótese que estamos invitando también, al docente, a que revise su práctica comunicativa y argumentativa. Muchas veces, los problemas de incomunicación, de no-entendimiento entre éste y los estudiantes se deben a que el docente en las situaciones comunicativas intenta imponer e instalar un conocimiento o información en la conciencia de los estudiantes sin considerar la situación en que éstos se encuentran o sin respaldar su discurso con argumentos válidos y confiables. En ocasiones algunos docentes frente a la pregunta de un estudiante”: ¿por qué no puedo hacer tal cosa?, la respuesta que recibe es: “porque no, y no hay más que hablar” o “porque yo lo digo”, sin exponer las razones en que se hacen explícitos los argumentos en que se funda esa negativa.
Importa entonces, desde una pedagogía crítica que también el docente tenga una actitud de respeto por las opiniones de sus estudiantes, de apertura y flexibilidad para incorporar los conocimientos, antecedentes, informaciones y perspectivas que éstos aportan.
A manera de cierre
Hemos sostenido que la educación en derechos humanos es una invitación a repensar la escuela y la profesión docente desde un paradigma crítico tendiente a formar sujetos de derechos. Se ha recorrido un camino, pero sentimos que es mucho lo que queda por hacer, que no podemos pensar que educar en derechos humanos es sólo una tarea en y desde el dolor de los sufrientes, sino una del conjunto de la sociedad. Los profesores y profesoras tienen una responsabilidad ineludible. No olvidemos que estamos ubicando a la educación en el centro del proyecto emancipador y democratizador que definen al ser de la modernidad, que estamos empeñados en quebrar el circulo vicioso de la reproducción de las desigualdades y de las injusticias sociales. Entonces este es un desafío ético y político que no se puede encarar tibiamente, con los moldes tradicionales ni tampoco es postergable para mañana. Retomo entonces el título de este trabajo: EDUCACIÓN EN DERECHOS HUMANOS, ¿si no los educadores quién, y si no es ahora cuándo?