MUJER, FEMINISMO Y MODERNIDAD: ATRAPADAS ENTRE LO PÚBLICO Y LO PRIVADO

MUJER, FEMINISMO Y MODERNIDAD: ATRAPADAS ENTRE LO PÚBLICO Y LO PRIVADO
Marta Postigo Asenjo. Universidad de Málaga

Resumen. La división de la ciudadanía entre la esfera pública y la esfera privada (o doméstica) constituye uno de los rasgos característicos del patriarcado moderno. Desde su configuración a partir de las revoluciones liberales, la ciudadanía ha estado marcada por una delimitación de las
esferas de actuación de hombres y mujeres. Junto a los derechos y libertades del hombre, se mantuvieron estándares morales distintos para cada uno de los sexos y se afianzaron las virtudes consideradas femeninas, opuestas a los deberes y virtudes del ciudadano, e incompatibles con las capacidades requeridas para el ejercicio de la ciudadanía. Partiendo del análisis que lleva a cabo Carole Pateman sobre las teorías del contrato social moderno, vamos a tratar de reflexionar sobre algunas de las consecuencias que ha tenido el pacto sexual en la ciudadanía, y cómo influye, y ha influido históricamente, este pacto en el propio discurso feminista.
Abstract. Public/private dichotomy can be seen as a basic characteristic of the patriarchal-citizenship, and Modern patriarchy. Since its beginning during Liberal Revolutions, citizenship has assumed a clear delimitation of male and female action spheres. Together with man’s rights and liberties guaranteed in liberal and democratic States, moral/sexual standards remained unequal for
the sexes through the Law and customs. In this sense, women’s particular virtues were, in fact, opposite to citizen’s virtues and duties, and incompatible with the exercise of citizenship. Starting with a brief study of Carole Pateman’s thesis concerning the modern social contract, my aim in this
article is to offer a brief reflection on the consequences of the sexual contract for citizenship and its deep influence on the feminist discourse itself.

1. Familia y ciudadanía: la división entre lo público y lo privado

En esta comunicación deseo continuar con el debate que plantee en el VI
Congreso Internacional de la Sociedad Hispánica de Antropología Filosófica en torno a la relación entre el sujeto femenino y la modernidad. En el VI Congreso Internacional de Antropología Filosófica, abordé algunos de los problemas que suscita el sujeto de la modernidad a la hora de dar cuenta de la diversidad (en este caso, de la diferencia sexual).
Señalaba que el sujeto supuestamente universal y neutro del discurso moderno no abarca, de hecho, el conjunto de la ciudadanía, pues
deja a un lado, entre otros aspectos, el estatus de las mujeres en las sociedades modernas y post-industriales. En este sentido, argüía que el sujeto de derechos de la modernidad, el ciudadano, ha descrito los atributos y posibilidades del individuo emancipado, libre, auto-suficiente, en resumen, del hombre blanco heterosexual.

Por su parte, las teorías del contrato social han integrado, implícitamente, en
la sociedad civil una forma de asociación “natural” y primaria, la familia, a través de un pacto paralelo: el contrato sexual o matrimonial1.

Como advierte Carole Pateman, en la ciudadanía moderna las mujeres no permanecieron en el “estado de naturaleza”, toda vez que esto habría impedido la consecución de los fines del contrato sexual. En lugar de ello, fueron “incorporadas a una esfera que es y no es civil. La esfera privada es parte de la sociedad civil pero está separada de la ‘esfera civil’”2.

Si seguimos las tesis de Pateman, observamos que la fraternidad característica de las revoluciones liberales, particularmente, de la Revolución Francesa, simbolizaba, de hecho, la asociación de los “hermanos” libres e iguales que daba lugar a la sociedad civil. La familia se mantenía, en ella, como una asociación natural, basada en relaciones afectivas, jerárquicas y patriarcales, radicalmente diferentes de las
relaciones civiles y contractuales de la esfera pública.

1 Carole Pateman, The sexual contract, Polity Press, Cambridge, 1988; The disorder of women, Democracy, feminism and political theory, Polity Press, Cambridge, 1989,
2 Pateman, “Genesis, father and the political liberty” 282 Thémata. Revista de Filosofía, 39, 2007
3 Pateman, “Justifying political obligation”, The disorder of women, págs. 58-71.
4 Pateman, “The disorder of women: women, love and the sense of justice”, The disorder of women, pág. 21.
5 Ibid.
6 Carol Gilligan, In a different voice. Psychological theory and women’s development, Harvard University Press, Cambridge, MA, 1982.
7 Pateman, “Introduction”, The disorder of women, pág. 11.
8 Ibid.
9 Fernando Calderón Quindós, “Lo público y lo privado en la obra de Jean-Jacques Rousseau”, Isegoría
24 (2001), pág. 219.
10 Hemos empleado aquí la categoría de Hannah Arendt, quien distingue lo “social” de lo “público” y de lo “político”. Véase La condición humana, Ramón Gil Novales, tr., Paidós, Barcelona, 1993, págs. 37-97.
11 Sobre la diferencia entre trascendencia e inmanencia desde una perspectiva de género, véase Simone de Beauvoir, El segundo sexo. Los hechos y los mitos, Alicia Martorell, tr., Cátedra, Madrid, 2000. Thémata. Revista de Filosofía, 39, 2007 283

Lo revelador de ello es que las funciones derivadas de la maternidad aparecieron como obligaciones incompatibles con los deberes civiles y políticos de los ciudadanos en la esfera pública3. La familia en sí misma se configuró como una “amenaza a la vida civil” 4, y el amor y la justicia
florecían como virtudes antagónicas. En definitiva, la familia surgió como una institución simultánea al Estado y antagónica a él5.

En esta descripción que nos ofrece Pateman de la ciudadanía desde una perspectiva de género, lo privado convive con lo público sobre la base de una clara división sexual. La presencia de la familia y de las actividades de cuidado realizadas por las mujeres, así como las tareas cotidianas de abastecer las necesidades más elementales de los seres más próximos y básicas de la subsistencia, nos llevan a pesar que estamos ante una realidad sometida a unos dictados del tiempo específicos y diferenciados.

En este sentido, la “moralidad de la familia”, ligada a las actividades femeninas, da cuenta de una dimensión que no hemos estudiado en los discursos ético-políticos de la modernidad. La ética del cuidado, como la denomina Carol Gilligan, ha sido marginada del discurso público6.

En definitiva, siguiendo el análisis de Pateman, “la maternidad es vista como
la antítesis de los deberes del hombre y del ciudadano”7, constatación que nos ayuda a concebir la esfera pública como un espacio opuesto, pero dependiente, de la esfera doméstico-familiar y del papel asignado a las mujeres en el ámbito privado. Las virtudes consideradas femeninas, así como los estándares morales aplicados a cada sexo y característicos de la “doble moral” burguesa, constataron la asignación de diferentes espacios y esferas para los sexos.

Las virtudes femeninas entraban en conflicto con las virtudes del ciudadano, de forma que lo se requería para ser una buena ciudadana y un buen ciudadano se complementaban por su mutuo antagonismo.
En esta línea, no debe sorprendernos que, como afirma Pateman, “las mujeres
hayamos aprendido de los textos clásicos de la teoría contractualista, que no somos capaces de trascender nuestra naturaleza corporal ni nuestras pasiones sexuales, en definitiva, que no podemos desarrollar la moralidad política”8.

Tal y como añade Calderón Quindós, puede deducirse de las teorías clásicas del contrato social, hubo “un episodio en la historia de la humanidad, ese mismo en que cada familia vino a formar una pequeña sociedad, que inclinó la balanza de los sexos del lado del varón” 9.

El episodio al que se refiere Calderón, la formación de la familia patriarcal, hizo posible que las mujeres entraran en el contrato social como
guardianas de la choza.

Conviviendo como una realidad simultánea, pero antagónica, con la esfera
pública de la ciudadanía, la familia se configuró, además, como un espacio de marginación, aislamiento y sumisión, para los sujetos que carecían de derechos civiles y políticos. Lo doméstico, las actividades de las mujeres ligadas a lo meramente “social”10, a lo natural y biológico, quedaba configurada como un espacio apartado de la esfera pública de la sociedad civil, pero que formaba parte de la privacidad y dominio del ciudadano varón titular de derechos.

Las primeras olas del feminismo tuvieron como principal objetivo, precisamente, incluir a las mujeres en la gama de oportunidades y obligaciones del ciudadano, con el fin de trascender el espacio de lo meramente inmanente11. Sin embargo, esta meta esencial del feminismo ha conducido a éste le ha situado, desde el inicio, ante dilemas y ambigüedades. A continuación, prestaremos atención a algunas de estas problemáticas.

12 Geraldine Scanlon, “Emilia Pardo Bazán (1851-1921)”, en Mujeres para la historia. Figuras
destacadas del primer feminismo, Rosa María Capel, coord., Abada, Madrid, 2004, pág. 145.
13 Ibid., pág. 126.
14 Ibid.

2. Los retos del discurso feminista. Razón ¿emancipación o sumisión?

Desde sus comienzos en el seno de las sociedades burguesas, liberales y capitalistas, el feminismo ha estado sujeto a dilemas y conflictos internos. La conquista de los espacios públicos apareció como una meta fundamental de los primeros textos feministas, ya fuera a través del reclamo de un acceso a la formación intelectual (Wollstonecraft), a los derechos de ciudadanía (Olimpe de Gouges, Mill) o al sufragio (Mill, Stanton y Mott).

Debemos admitir, no obstante, que este objetivo por lograr la igualdad de
derechos y oportunidades ha causado problemas al feminismo, pues ¿implicaba ello, que las ciudadanas debían adaptarse y adquirir la forma de vida del ciudadano varón, esto es, precisamente aquellas cualidades y actitudes que habían nutrido de misoginia el discurso de la modernidad?

En primer momento, los movimientos feministas de las primeras olas despertaron en Occidente como intento por extender a las mujeres los derechos educativos necesarios para hacerlas partícipes del conjunto de las oportunidades del ciudadano.

El primer paso que había que dar para que pudieran adquirir las capacidades que hacían posible el acceso a la autonomía y a los estándares comunes de civilización, era cultivar la razón y el uso del entendimiento. Por ello, la formación intelectual, así como la participación en los espacios académicos y deliberativos, se convirtieron en objetivos prioritarios de las primeras reclamaciones feministas. Ampliar la estrecha gama de oportunidades que las confinaba a las monótonas y rutinarias tareas domésticas en el seno de la esfera privada patriarcal, era, probablemente, el principal aliciente que encontraron las primeras autoras y autores feministas para reclamar la igualdad de acceso de las mujeres al conocimiento y a la formación intelectual.

Por su parte, el movimiento sufragista, como se denomina a las movilizaciones feministas que se desarrollaron durante los siglos XIX y principios del XX en Europa y en Estados Unidos, compaginó la lucha por el acceso a la instrucción académica con la reclamación del derecho al voto femenino, con el fin de librar a las ciudadanas de los abusos morales a los que estaban expuestas y lograr el reconocimiento pleno de sus derechos.

En España, el 12 de mayo de 1916, en un acto simbólico, Emilia Pardo Bazán fue nombrada catedrática de Lenguas y Literaturas Neolatinas de la Universidad Central de Madrid, convirtiéndose en la primera mujer que alcanzaba esta posición en este país. Con ello, había roto las “hormas” propias de su sexo, pero quizás también por este motivo, el claustro de profesores y algunos alumnos boicotearan sus clases. Como sostiene Scanlon, “a la Pardo Bazán se le intentó rebajar sus méritos convirtiendo lo que era legítimo e incluso admirable en un hombre, en ilegítimo y condenable en una mujer”12.

El acceso a la formación intelectual constituyó para la propia Pardo Bazán el
trampolín que le permitió “saltar de la esfera privada y doméstica, a la pública y profesional”13. Seguramente, por ello defendió, durante su trayectoria profesional y vital, que la instrucción debía ser el fundamento del propio desarrollo personal de las ciudadanas. A lo largo de su vida identificó el retraso que vivía España con la falta de interés por la cuestión femenina.

En su opinión, la participación de las mujeres en todos los ámbitos de la vida pública y en la política era un paso necesario que dar para que progresara la sociedad española. El desarrollo de la condición de la mujer coincidía con la prosperidad y la grandeza de las naciones donde se desenvolvía, por ello, consideraba que, “para que España progresara, era vital cerrar la gran distancia que se había abierto entre mujeres y hombres en cuestión de derechos políticos y legales desde el siglo XVIII”14.

284 Thémata. Revista de Filosofía, 39, 2007
15 Ibid., pág. 146.
16 Janet Howard, “(Sarah) Emili Davis (1839-1921)”, Mujeres para la historia, pág. 109.
17 Mary Astell, A serious proposal to the Ladies, en Carol H. Poston, ed., A vindication of the rights of
woman, backgrounds, the Wollstonecraft debate, criticism, 2ª ed., Norton, Nueva York, 1988, pág. 201.
18 R. M. Janes, “On the reception of Mary Wollstonecraft’s A vindication of the rights of woman”, en
Carol H. Poston, ed., A vindication of the rights of woman, págs. 297-308.
19 Mary Wollstonecraft, A vindication of the rights of woman, (orig. 1792), en Carol Poston, ed., A
vindication of the right of woman, págs. 1-195.
20 Janes, “On the reception of Mary Wollstonecraft’s A vindication of the rights of woman, p. 301.
21 Carolyn W. Korsmeyer, “Reason and morals in the early feminist movement: Mary Wollstonecraft”,
en Carol H. Poston ed., A vindication of the rights of woman, págs. 285-286.

Las ciudadanas debían ejercer su derecho al voto y ser electas a diputadas y a cargos públicos15. Sin embargo, no todas las voces feministas fueron tajantes y explícitas a la hora de destacar la conexión existente entre la formación intelectual y el acceso de las ciudadanas a los distintos espacios de la vida laboral, civil y política. En muchos casos, se pronunciaron de forma ambigua, relacionando la instrucción de las mujeres (y su acceso al conocimiento) con el ejercicio más perfecto y responsable de sus deberes familiares. Cuando se referían a los derechos y a la educación intelectual de las ciudadanas, algunos autores y autoras destacaban su contribución a las obligaciones domésticas y maternales.

Emily Davis, por ejemplo, quien creó la primera Universidad para mujeres de Inglaterra a las afueras de Londres, y quien logró que algunas universidades británicas realizaran exámenes públicos de acceso a las estudiantes en las mismas condiciones que a los chicos, defendía que el hogar no era el único destino de las mujeres y que las actividades caritativas no les proporcionaban una formación suficiente, pero creía, también, que los derechos de ciudadanía no enturbiaban sus obligaciones específicas dentro del hogar16.

De forma parecida, Mary Astell, a comienzos del siglo XVIII, afirmaba, en
alusión a los derechos de las ciudadanas: “tan innecesario como se ha pensado que es el acceso al conocimiento para las mujeres, aquellas que verdaderamente encuentra un gran uso del mismo, no sólo lo utilizan para conducir sus propias almas, sino para dirigir a sus familias, en las conversaciones con sus vecinos y en todo lo que concierne a sus vidas”17.

Podemos estar de acuerdo con R. M. Janes, por tanto, en que, durante los XVIII y XIX, los discursos feministas y los sectores que iban aceptando el acceso de las ciudadanas a la instrucción formal, se conformaban con transformaciones superficiales en las capacidades de las mujeres, pero sin llegar a plantear una reforma más radical en los papeles o en las obligaciones de los sexos18.

Más aún, algunos intelectuales conocidos por su defensa de la formación intelectual exaltaban que, a través de la educación, las ciudadanas serían mejores madres y esposas. Wollstonecraft, por ejemplo, trató de combatir el elitismo burgués alabando el refuerzo de las responsabilidades maternales. Entendió que la formación intelectual femenina era una condición esencial del desarrollo cívico, así como un impulso a las virtudes morales de ambos sexos, pero también, una garantía de que las ciudadanas asumirían mejor sus responsabilidades domésticas19.

De hecho, “la tendencia a considerar a las mujeres seres indiferenciados y las adquisiciones masculinas singulares se convertían en un argumento central para refutar la propuesta de Wollstonecraft según la cuál las mujeres debían tener presencia en el parlamento”20.

Por otra parte, debemos tener en cuenta que si el refuerzo de las capacidades de las mujeres iba siendo aceptado como parte del camino trazado por los valores ilustrados, como recuerda Carolyn W. Korsmeyer, “la conexión entre razón y moral que descasa en las raíces de la filosofía política de Locke era para las mujeres tanto el medio de su opresión como un punto para afirmar la igualdad política”21.

Tal y como advierte la autora, la razón representaba para las mujeres el símbolo de su emancipación, pero, también, el instrumento empleado al servicio de su descalificación como sujetos no aptos para la vida pública, ni para la política. En esta línea, “el hecho de que el orden moral estuviera descubierto por la razón, y que el razonamiento moral apropiado fuera sólo posible con el desarrollo de las habilidades racionales, parece haber sido la teoría que más ha afectado a las mujeres y alfeminismo a comienzos del siglo diecinueve”22.

Thémata. Revista de Filosofía, 39, 2007 285
22 Ibid., pág. 286 [nota].
23 Ibid., pág. 288.
24 Ibid.
25 Ibid.
26 Ibid., págs. 290-291.
27 Korsmeyer, “Reason and morals in the early feminist movement: Mary Wollstonecraft”, pág. 293.
28 Ibid.
29 Véase T. H. Marshall, “Citizenship and social class”, en T. H. Marshall y Tom Bottomore,
Citizenship and social class, Pulot Press, Londres, 1992, págs. 3-49.
Los discursos feministas apelaban al uso de la razón como un medio para que
las ciudadanas lograran respeto y reconocimiento social, plena dignidad y capacidad moral, precisamente, porque “las virtudes femeninas eran vistas, de forma más precisa, como una glorificación de un estatus social genuinamente inferior, aquel que debía ser superado antes incluso de darse el primer paso hacia la igualdad legal y política”23.

En este sentido, percibieron que, tal y como eran descritas y, “careciendo
de un uso completo de la razón, las mujeres eran inestables, caprichosas, astutas, artificiosas, sensibles y sentimentales, y debían permanecer en el hogar para su propia protección así como para la del conjunto de la sociedad”24.

En este contexto, el primer paso que había que dar para lograr el reconocimiento de la dignidad moral y la capacitación cívica de las ciudadanas, consistía en rechazar la doctrina basada en las “virtudes separadas”, es decir, la creencia en una “una medida inferior de la virtud para las mujeres, adecuada para éstas pero no comparable con la virtud masculina fundada en la razón”25.

Como recuerda Korsmeyer, las feministas de los siglos XVIII y XIX insistían en que al privar a las mujeres del uso de la razón se las privaba, a su vez, de la madurez moral, esto es, de sus responsabilidades morales dejándolas en un estado continuo de minoría de edad26.

Sin embargo, y aquí se encuentra una de las paradojas características del
feminismo, recurriendo a la razón como un medio para lograr la emancipación
femenina, se asumían también los valores y los prejuicios que habían servido para desacreditar a las mujeres en la esfera pública y en la política.

Por otra parte, la propia Korsmeyer recuerda con agudeza, que los primeros
discursos feministas estuvieron plagados de contradicciones: insinuaban, por un lado, que las mujeres debían acceder a la virtud mediante el uso de su razón y, por otro, que la peculiaridad moral “femenina”, basada en la intuición, en el sentimiento y en los afectos tenía una superioridad que debía ser rescatada27.

A este respecto, en su Declaración de Séneca Falls, Mott y Stanton acusaron a
los hombres y a la sociedad en general de convertir a las mujeres en seres carentes de responsabilidad moral, pero, al mismo tiempo, hicieron alusión a la noción recurrente de que las mujeres, de alguna forma, contaban con una superioridad moral28.

¿Estaban, pues, exaltando aquellos atributos (el afecto, el sentimiento, la
intuición) que, precisamente, hacían de las mujeres sujetos ineptos para la moralidad política?

En términos generales, las aspiraciones feministas iniciales estuvieron inspiradas en los ideales y valores que hicieron posible la Ilustración y el liberalismo: la naturaleza racional del ser humano, la responsabilidad moral, el progreso individual y colectivo promovido por el uso del entendimiento y la igualdad de todos los ciudadanos en tanto que seres morales y racionales. Desearon extender las perfecciones humanas y las capacidades accesibles a los ciudadanos (a los “caballeros”)29, al conjunto de la ciudadanía femenina.

Relacionaron, así, la emancipación y la libertad, con la autonomía moral y con el uso de la razón. Y entendieron que la ciudadanía no era independiente de la formación intelectual, ni de la independencia de juicio.

Sin embargo, estos objetivos no privaron a las primeras manifestaciones feministas de configurar un discurso tibio y titubeante en cuanto al replanteamiento del orden social patriarcal. La lucha por integrar a las mujeres en la esfera pública, estuvo matizada por el deseo de no perturbar sus deberes esenciales: la maternidad y el cuidado familiar. Podemos sostener que estos autores, motivados por un deseo de progreso cívico y de prolongar el espacio de libertades y oportunidades a las ciudadanas, se vieron ante el dilema de adaptar a las mujeres en dos modelos incompatibles de ciudadanía, uno masculino y otro femenino.

Como consecuencia de ello, tuvieron que buscar puentes que conectaran sus anhelos de emancipación en sintonía con las oportunidades del ciudadano varón en la esfera pública y las responsabilidades tradicionales femeninas en la esfera doméstica. Junto al acceso a la formación intelectual y al uso de la razón, el feminismo del siglo XIX estuvo centrado en la lucha por el reconocimiento del derecho al voto. ¿Deseaban las mujeres, a través del sufragio, dar un paso definitivo hacia la esfera pública? ¿Trataban, simplemente, de eliminar la dominación patriarcal, los abusos de poder masculino en la esfera privada, mediante el reconocimiento de sus hechos
diferenciales y de sus actividades peculiares como mujeres?

¿Se plantearon llevar a cabo una reforma de la conducta sexual y de la moral, o asumir los derechos políticos y el acceso al poder y a la deliberación?

A lo largo del siglo XX las ciudadanas lograron el reconocimiento de sus derechos formales de ciudadanía. La mayoría de los países democráticos reconocieron el derecho al voto de las mujeres en los mismos términos que el de los hombres. Sin embargo, todavía hoy, siguen experimentándose las consecuencias de la división sexual de la ciudadanía, y es difícil conciliar la vida laboral y familiar. En España, como en otros países de la Unión Europea, las mujeres constituyen más del 50% del alumnado universitario.

A pesar de ello, las desigualdades estructurales en el mercado laboral reflejan que las raíces de la ciudadanía patriarcal están firmemente asentadas en la organización socio-laboral. La violencia de género, lejos de ser
erradicada, azota con virulencia a las mujeres en la mayoría de las sociedades
desarrolladas, prósperas y formalmente igualitarias, dejando aflorar conductas profundamente machistas y actitudes de dominación sexual. A pesar de la institucionalización de las políticas de género, y de la conciencia creciente que se ha desarrollado en las últimas décadas del siglo XX en torno a los derechos de las mujeres, algunos de los clásicos dilemas del feminismo siguen sin estar resueltos.

Marta Postigo Asenjo
Departamento de Filosofía
Facultad de Filosofía y Letras.
Universidad de Málaga
martapostigo@hotmail.com

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