No es lo mismo acceder al ejercicio del gobierno por la vía de elecciones libres y auténticas que gobernar democráticamente.
La democracia no es el gobierno de las mayorías. Con frecuencia algunas personas afirman lo contrario. Sostienen que las mayorías tienen el derecho a decidir arbitrariamente sobre los asuntos públicos. Bajo esa concepción, quienes triunfan en las urnas ostentan el monopolio en la determinación de la dirección social. Por ende, bajo esa visión, las minorías carecen del legítimo derecho de participar en el destino de la comunidad de la que forman parte.
La tiranía de la mayoría, como las describió el profesor Michelangelo Bovero, es en realidad una grave desviación del modelo democrático para gobernar. No es lo mismo acceder al ejercicio del gobierno por la vía de elecciones libres y auténticas que gobernar democráticamente.
El hecho de que una coalición obtenga el poder político vía elecciones democráticas, no significa que en automático su método de gobierno sea democrático también. Una cosa es cumplir con las reglas de acceso al poder y otra, muy distinta, ejercer ese poder en clave democrática. Esto significa que, de un proceso electivo auténticamente democrático, pueden emerger tiranías.
Si se asume que una coalición con la mayoría de los sufragios adquiere el legítimo derecho subjetivo de gobernar, entonces valdría preguntarnos: ¿quién o quiénes son los sujetos obligados por ese derecho subjetivo? ¿Quién o quiénes deben colmar esa pretensión o expectativa futura y justificada en una norma jurídica? ¿Corresponde al conjunto de actores políticos, principalmente de oposición a esa coalición mayoritaria?
Se podría pensar que quien obtiene el triunfo electoral tiene el derecho de determinar la dirección social y a reclamar de la oposición la conformidad con las decisiones que se tomen por quienes obtuvieron la mayoría obtenida en las urnas. Bajo esta lógica, quien o quienes perdieron la elección deben ceder el terreno a la visión del triunfador.
Por lo tanto, en este modelo el rol de las mayorías es gobernar, no bajo el paradigma de los derechos fundamentales ni del estado de derecho, sino con la voluntad de las mayorías políticas.
En una sociedad plural que ha elegido a la democracia como el régimen bajo el cual el poder político se distribuye y se ejerce, no son coherentes las visiones únicas y excluyentes de las minorías de cualquier tipo (étnicas, religiosas, por color de piel, lengua, identidad sexogenérica o, desde luego, por preferencias políticas).
Las minorías y la oposición política no pueden ser invisibilizadas ni exterminadas: deben ser protegidas. ¿Quién debe protegerlas? Deben protegerse a sí mismas, pero también deben ser garantizados sus derechos por quienes ejercen el poder político: las mayorías. Propongo, a continuación, tres ideas clave sobre el papel que las mayorías deben cumplir en régimen democrático.
1. Las mayorías políticas deben articular el interés público. Los gobiernos emanados de la mayoría tienen doble responsabilidad. Por un lado, gobernar atendiendo a la visión de la ciudadanía que procuró su triunfo en las urnas; al mismo tiempo, deben velar por el interés público, el cual incluye el interés y los derechos de las minorías, no sólo por mandato de derecho internacional en materia de derechos humanos, sino también porque la democracia asume que toda minoría tiene capacidad de ser mayoría en elecciones futuras.
En su calidad de autoridades o representantes políticos, los cuerpos mayoritarios son expresión de la fuerza del Estado y, como tal, garantes y promotores del conjunto de derechos indisponibles para las mayorías, para el Estado o para el mercado; hablamos de los derechos fundamentales.
En Derechos débiles, democracias frágiles, el profesor Bovero explicó que nuestra era, la moderna, está marcada por los derechos fundamentales. La Declaración Universal de 1948 puede considerarse un hito que posibilitó la expansión de las democracias en el mundo.
No fue casualidad que al iniciar el nuevo milenio, la Asamblea General de las Naciones Unidas, en la Declaración del Milenio, estableciera que la democracia es el entorno más propicio, en los ámbitos social y político, para la salvaguarda, protección y ejercicio y protección de los derechos humanos.
Por ello es importante enfatizar que en el canon democrático el triunfo en las urnas no es un endoso para que las mayorías determinen el rumbo social en ausencia de las minorías. La Declaración Universal de los Derechos Humanos establece una cláusula categórica: toda persona está obligada a respetar la ley y el orden público en una sociedad democrática, pues en democracia las personas, siendo todas libres e iguales, sólo pueden someterse a la autoridad de otras si participan en la elaboración de las normas constitucionales.
Así, los derechos fundamentales no están a disposición del mercado, pero tampoco del Estado. Su extinción se encuentra más allá del alcance de los poderes políticos, sea cual fuere el origen de éstos (elecciones o golpe de Estado), sea cual fuere el régimen (democracias o dictadura), o sea cual fuere la forma de gobierno (presidencial o parlamentaria).
Las coaliciones mayoritarias deben promover la cohesión narrativa sobre la unidad nacional basada en la pluralidad. Cuando una mayoría se asume como la única identidad o ideología legítima para dirigir el rumbo de la comunidad, desconoce y atenta contra el principio de unidad nacional.
Este principio reconoce en la multiculturalidad y la diversidad una fortaleza para delinear la identidad de una comunidad política. Por lo tanto, la narrativa que se apropia de la legitimidad basada en la diferencia de raza, religión, origen partidario, creencias o ideologías políticas, se aparta de la aspiración democrática. De esta forma, en realidad, desconoce los derechos fundamentales, específicamente en materia política de las minorías, al crear y difundir un discurso supremacista.
Las mayorías, vistas bajo la lente democrática, deben evitar basar sus decisiones en ideologías políticas excluyentes. Para decirlo en términos de Sir Bernard Crick, el pensamiento ideológico es contrario al pensamiento político.
* Roberto Heycher Cardiel Soto es Director Ejecutivo de Capacitación Electoral y Educación Cívica (DECEyEC) del Instituto Nacional Electoral; Secretario Técnico de la Comisión de Capacitación Electoral y Educación Cívica, así como del Comité Editorial del Instituto; y forma parte del Observatorio de Reformas Políticas en América Latina. Puedes seguirlo en @robertheychermx y en @ReformasLATAM